Gobierno de Rosas
Les dejo el link sobre Rosas para hacer un repaso general, antes les puse el video 1 por si quieren un repasito de la historia antes del gobierno de Rosas, pero como es largo si lo ven les recomiendo hacerlo del minuto 30 en adelante.
- Video 1: desde el minuto 30 en adelante: youtu.be/q2wN0qyHu8U
- Video 2 "El restaurador": youtu.be/kAKrt_BnR2I
- ACLARAMOS ALGUNOS CONCEPTOS...
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FACULTADES EXTRAORDINARIAS: significaba que el gobernante podía actuar más allá de las atribuciones que le otorgaba la Legislatura. Se les daban por un tiempo determinado y debía rendir cuentas a la Legislatura de cómo las había usado.
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LA SUMA DEL PODER PÚBLICO: implicaba conferirle al gobernador los tres poderes del Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial). Significaba entonces que quedaba suprimida la división de poderes republicana, el gobierno adquiría las modalidades del absolutismo político.
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Cita textual: "El 6 de diciembre de 1829 la Sala de Representantes de la Provincia de Buenos Aires sancionó una ley sobre facultades extraordinarias. La ley otorgaba al gobernador “las facultades extraordinarias que juzgue necesarias hasta la reunión de la próxima legislatura”; al mismo tiempo, en la fórmula de juramento, se le imponía “sostener la independencia del Estado y su libertad, bajo la fórmula republicana”. Por ley del 2 de agosto de 1830 se ampliaron las facultades extraordinarias “sin comprender dichas facultades la conclusión definitiva de tratados o convenciones de cualquier género que sean”.
"Las facultades extraordinarias otorgadas por la Sala de Representantes de la Provincia de Buenos Aires permitían al gobernador el ejercicio de facultades legislativas con limitaciones referidas a los tratados que celebrase la Provincia.
En 1931 la Sala de Representantes de Corrientes también otorgó facultades extraordinarias al gobernador Ferré, por ley del 5 de septiembre, que establecía:“El gobierno es facultado sin restricción alguna para cortar los males arriba indicados, adoptando cuantas medidas juzgue necesarias y convenientes, sin precisa sujeción a las leyes constitucionales ni a los trámites ordinarios de proceder contra delincuentes” .
Por ley del 7 de marzo de 1835 la Sala de Representantes de la Provincia de Buenos Aires designó nuevamente a Rosas como gobernador en quien depositó “toda la suma del poder público” con dos restricciones: proteger la religión Católica Apostólica Romana y sostener “la causa nacional de la Federación que han proclamado todos los pueblos de la República” . La resolución de la Sala de Representantes era una consecuencia del asesinato de Juan Facundo Quiroga en Barranca Yaco y antes de aceptar Rosas solicitó a la Sala de Representantes que arbitre “el medio que juzguen más aceptable, para que todos y cada uno de los ciudadanos habitantes de esta ciudad, de cualquier clase y condición que fueren, expresen su voto precisa y categóricamente sobre el particular, quedando éste consignado de modo que en todo tiempo y circunstancias se pueda hacer constar el libre pronunciamiento de la opinión general” . La Sala de Representantes por ley del 23 de marzo de 1835 dispuso convocar a un plebiscito en la ciudad de Buenos Aires que dio como resultado una votación favorable a la entrega de la suma del poder público a Rosas." (Fuente: Historia Constitucional Cátedra II, UNLP, deCapítulo I del libro “Absolutismo Presidencial. Decretos de Necesidad y Urgencia”. Ramón Torres Molina (2001) Bs. As.,EDIAR)
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